| Condiciones Generales PS-Sem |
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| Escrito por Administrator | ||||||||||||||
| Miércoles, 17 de Marzo de 2010 11:57 | ||||||||||||||
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1) Los afiliados al PS-Sem serán alumnos de los Seminarios Mayores Diocesanos e Interdiocesanos de la República Mexicana, de acuerdo a listados proporcionados por la propia Institución. 2) Como criterio de formación fraterna y para favorecer la operación del PS-Sem, deberán estar inscritos por Facultades completas: Introductoria, Filosofía ó Teología. 3) Las cuotas anuales para los Seminaristas serán establecidas por el Consejo Directivo del CCyAS y adecuadas cada año, conforme al comportamiento de siniestralidad del grupo. 4) Los seminarios se comprometen juntamente con el Representante Diocesano a.
5) La vigencia del PS-Sem es durante el año civil y expira al dejar de ser miembro de la Institución. Los alumnos que sean dados de alta en el mes de septiembre, por nuevo ingreso, cubrirán la proporción correspondiente al último cuatrimestre escolar. 6) El Representante Diocesano ante el CCyAS de acuerdo con el Rector del Seminario acreditarán a los alumnos en el “Plan de Salud para Seminaristas”. 7) El CCyAS se compromete a brindar los servicios de Hospitales, Laboratorios, Gabinetes y Médicos con quienes ya se ha conveniado. 8) El PS-Sem es un esfuerzo solidario del CCyAS con las Diócesis y limita sus alcances a lo contemplado en las “Normas para el uso del Plan de Salud para Seminaristas” que forman parte integral del presente documento, exclusivamente dentro del País. Se trata de un Plan de los denominados “Gastos Médicos Mayores”, por lo que en todos los casos se aplicará por padecimiento cubierto un deducible que anualmente será indicado por el Consejo Directivo del CCyAS y la aplicación del coaseguro del 10%. Si el gasto incurrido es menor al deducible estipulado es un gasto médico menor y no es cubierto por el presente PS-Sem. 9) En los casos que el importe de los gastos efectuados llegara a exceder la suma asegurada por padecimiento, el seminario o el Seminarista pagarán la diferencia a los médicos y hospitales en donde sean atendidos. 10) La cuota se ajustará anualmente conforme el comportamiento de siniestralidad del grupo. 11) Por tratarse de Seminaristas en activo, los alumnos inscritos que por cualquier razón durante la vigencia del PS-Sem dejen de serlo, serán dados de baja en forma automática por el CCyAS, quedando excluidos de todos los beneficios y sin derecho a la devolución parcial o total de la Cuota Pagada. 12) Es condición indispensable que toda factura o recibo de honorarios con que se comprueben los gastos efectuados en la atención del Seminarista enfermo inscrito sean fiscalmente válidos. (Art. 29 y 29ª de la Ley del Impuesto Sobre la Renta) y se expidan a nombre de:Centro Cultural y de Asistencia Sacerdotal, A.C. |
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| Actualizado ( Viernes, 09 de Abril de 2010 15:05 ) |









